De los hogares a las
familias. Del Salario Mínimo al Salario Vital Familiar
Luis Julián Salas Rodas
Sociólogo
Universidad Pontificia
Bolivariana
Especialista y Magíster
en Ciencias Sociales
Universidad de
Antioquia
Magíster en Ciencias de
la Educación: Opción Desarrollo Social
Universidad París XII
Luijus34@gmail.com
@LuisJulianSalas
Blogs en Google:
Familia y Otros; Juntas Directivas ONG; ONG y Gerencia Social
Medellín – Colombia
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Antes
de entrar en materia sobre el salario mínimo y el salario vital familiar es
preciso relacionar y distinguir los conceptos de hogar y de familia.
El hogar
La palabra hogar proviene del latín fogare
que hace alusión al lugar de la casa donde se encendía el fuego para preparar
los alimentos. En la prehistoria de la humanidad, cuando se vivía en cavernas,
fue descubierto la manera de encender un fuego para cocinar la carne de los
animales cazados. La hoguera era el sitio donde nuestros ancestros se reunían
para comer y compartir en grupo los alimentos.
En muchas ocasiones empleamos la palabra hogar
como sinónimo de familia y no es así. Existen hogares no familiares y hogares
familiares. Los primeros es cuando una persona o grupo de personas ocupan la
totalidad o parte de una vivienda sin ser parientes se han asociado para
compartir gastos como el alquiler, la comida y la dormida. Las residencias
estudiantiles son un ejemplo de los hogares no familiares. Los hogares
familiares son aquellos donde también se comparten el techo, la dormida y la
comida, pero, mantienen vínculos de parentesco y afinidad.
En Colombia, según datos del Departamento
Nacional de Estadística (DANE) existen alrededor de 16 millones de hogares. Los
hogares y las empresas son muy importantes en la economía de un país. Con sus
ingresos conforman parte de la demanda agregada de bienes y servicios. A
mayores ingresos la economía crece. Si los ingresos de los hogares y las
empresas decrecen, se contrae la economía.
La Constitución Política y la familia en
Colombia
La Constitución Política de 1991 reconoce a la
familia como una institución básica de la sociedad, como un sujeto político a
quien se le pueden imputar derechos y obligaciones y es merecedora de la
protección integral por parte del Estado y la sociedad. Al ser incluida en la
Constitución la familia es también objeto de inversión de las políticas
públicas y sociales tanto del Gobierno Nacional, mediante el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), como de las entidades territoriales
como los departamentos, distritos y municipios del país a través de sus
respectivos planes de desarrollo.
Las definiciones legales de familia en Colombia
Aquí es pertinente retomar la definición legal
de familia que emitió el Consejo de Estado en el año 2013:
(…) Una estructura que se constituye a partir de
un proceso que genera vínculos de consanguinidad o afinidad entre sus miembros.
Por lo tanto, si bien la familia puede surgir como un fenómeno natural producto
de la decisión, libre de dos personas. Lo cierto es que son las
manifestaciones de solidaridad, fraternidad, apoyo, cariño y amor, lo
que la estructuran y brindan cohesión a la institución.
Lo que el Consejo de Estado afirmo con total
claridad es que la familia no es solo el establecimiento de vínculos de sangre,
de parentescos o afinidad civil, sino que, además, es indispensable que se
sientan y expresen valores humanos en las relaciones y vínculos de sus
integrantes.
La Ordenanza # 47 de 2019 de la Asamblea
Departamental de Antioquia define a la familia: como la primera comunidad y
tejido relacional, social e intergeneracional de lazos afectivos y formativos a
las personas unidas por nexos de consanguinidad, afinidad, civiles o de
crianza. Es la unidad vital y existencial del ser humano y núcleo fundamental e
institución básica de la sociedad.
Desde sus diferentes formas de conformación, la
familia está convocada a potenciar las capacidades de sus miembros y a protegerlos
como a fomentar las expresiones de solidaridad, fraternidad, apoyo, amor,
cuidados, respeto, ayuda mutua y educación integral entre quienes la
conforman. Esta llamada a decidir libre y responsablemente tener o no tener
hijos, así como la adopción, la crianza y procreación.
La familia es la primera agencia de formación
de los seres humanos. Es el ámbito de la socialización, de lo personal, de la
relación con los otros, de los cuidados, de la crianza, de la vida y tareas
domésticas. La familia es una institución de carácter universal e histórica de
las sociedades humanas.
Desde un punto de vista marxista la familia es
el espacio de la reproducción de la fuerza de trabajo indispensable para la
economía y la producción de bienes y servicios.
Podemos decir, entonces que un hogar no es siempre una familia, pero una familia si puede ser un hogar.
En palabras de la socióloga y experta en familia María Cristina Palacio Valencia cinco son las dimensiones humanas de la
familia:
La sexualidad, la procreación, la convivencia,
la sobrevivencia y la coresidencia.
No existe una sola forma de familia, ni la más
adecuada. Existen y son reconocidas. por la Ley, diversas formas de
organización familiar.
Las familias se constituyen ya sea por
matrimonios civiles, religiosos o uniones de hecho. Las uniones de hecho, que
están reconocidas por la Ley, son la forma de constituir familia en un mayor
número.
Vemos pues, como desde la Ley y el Derecho es
muy claro y definido lo que se entiende por familia en nuestro país.
Se asume la noción de FAMILIA en singular como
norma e institución jurídica, y la noción de FAMILIAS en cuanto a su pluralidad
y diversidad de formas de organizaciones familiares presentes en la sociedad.
Las remesas que los colombianos/as residentes
en el exterior envían a sus familiares en el país suman, según el banco de la
república alrededor de 12 mil millones de dólares al año. Es una cuantiosa suma
de dinero que al ser convertida en pesos incrementa el consumo y la demanda de
bienes y servicios en la economía del país. Es una suma de dinero mayor a los
ingresos de la cooperación internacional al desarrollo, a los subsidios
estatales a las familias y a la inversión privada del sector social.
El salario mínimo en Colombia
El salario mínimo en Colombia fue establecido
legalmente por la Ley 6 de 19458, aunque no se implementó sino hasta 1949 con
el decreto 3871, fijando el primer valor en dos pesos diarios, y la unificación
nacional se logró en 1984. A partir de o1997, se formalizo el proceso de
negociación tripartita entre el Gobierno nacional, los empresarios y las
centrales obreras para fijarlo anualmente, según la Ley 2789 de 1996. (Google).
La comisión tripartita es convocada por el
Gobierno y se espera que la fijación del incremento anual sea lograda por
consenso entre las partes. Si este no se logra, entonces el Gobierno fija el
monto de aumento por decreto antes del 31 de diciembre de cada año.
El objetivo del incremento anual del salario
mínimo es restablecer el poder adquisitivo de compra existente antes de una
devaluación de la moneda o período inflacionario.
Históricamente siempre las posiciones del
sector privado y de los trabajadores han sido opuestas. Los primeros
defendiendo la propuesta del aumento del salario mínimo de acuerdo a la
inflación causada mas el factor de productividad y los trabajadores proponiendo
un aumento mucho mayor a esos dos factores.
¿Cómo se define el salario mínimo?
El salario mínimo se ha definido como la
cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus
asalariados por el trabajo que éstos hayan efectuado durante un perio0do
determinado, cuantía que no puede ser rebajada ni en virtud de un convenio
colectivo, ni de un acuerdo individual. (Google).
Según la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) en el 90% de los Estados miembros existe el salario mínimo. En otros
países donde no aplica el salario mínimo rige la remuneración legal por hora
trabajada fijada por los gobiernos.
Se estima que en Colombia cerca de 2.4 millones
de personas perciben el salario mínimo mensual. Están por fuera del salario
mínimo y las prestaciones sociales los trabajadores de la economía informal que
contabilizan el 56% del total de todos los trabajadores/as.
Es de anotar que el incremento anual del
salario mínimo legal determina, además, el incremento de diversos bienes y
servicios de la economía, la sociedad y el gobierno tales como los alquileres,
peajes, matriculas estudiantiles, cuotas de EPS, multas, transporte, seguros,
servicios públicos, comunicacio9nes y alimentos entre otros.
¿Qué es el Salario Vital Familiar?
El concepto del Salario Vital Familiar se
concibe como aquel ingreso que permite cubrir las necesidades de una persona o
familia para cubrir, dignamente, las necesidades básicas como alimentación,
vivienda, educación, salud, transporte, recreación.
Los convenios de la OIT y la Constitución
Política de Colombia de 1991 promueven la adopción por parte de los países
miembros de un salario vital familiar. Según el DANE en el país el tamaño
promedio de una familia la conforman 3.4 personas mientras que el ingreso
necesario para alcanzar el salario vital familiar es de 1.6 salario por familia. Desde hace varias décadas el número de hijos/as por familia ha venido disminuyendo por el descenso de la tasa de natalidad pasando de 7 hijos/as por mujer en los años sesenta del pasado siglo a 1.1 hijos/as por mujer.(DANE).
O sea que el Salario Vital Familiar debería
cubrir el costo de la Canasta Familiar que en el 2025 estuvo cerca de $3.000.000
mensuales para familias entre tres o cuatro personas y que emplean 43% de su
ingreso en alimentación, 24% en vivienda, 5% en salud y 28% en otros gastos
esenciales. (DANE), entendiendo que los
precios varían según ciudad y regiones. La Canasta Familiar está compuesta de
aproximadamente cuatrocientos elementos en 12 categorías distintas que cubren
necesidades básicas y no básicas. Estos elementos no son fijos y varían de
acuerdo a las preferencias y gustos de las familias frente a la oferta y
demanda del mercado. Los rubros son:
Alimentos y bebidas: granos, carnes, frutas,
verduras.
Vivienda: servicios públicos, arriendo.
Salud: medicamentos, servicios médicos y hospitalarios.
Educación, transporte, vestuario, higiene
personal, comunicaciones, recreación y cultura, muebles y electrodomésticos,
bebidas alcohólicas y tabaco, restaurantes y hoteles, bienes y servicios
diversos.
Los precios de las categorías de la Canasta
Familiar se miden de acuerdo a las variaciones mensuales del Índice de precios
al Consumidor (IPC) y es realizada por el DANE de acuerdo a una metodología
estadística.
La medición de la Canasta Familiar en Colombia
inicio con el DANE en el año 1954, con el cálculo de Índice de Precios al
Consumidor (IPC) e incluía 198 productos reflejando los hábitos de consumo de
las personas y las familias de la época muy distintas a la actualidad.
Aplicación del Salario Mínimo Vital
El
Gobierno Nacional decretó el Salario Mínimo Vital, por primera vez, para el año
2026 al pasar de $1.423.500 a $1.750.00. El auxilio de transporte aumentó 24.5%
quedando en $249.095 recibiendo los trabajadores formales $2.000.000 a partir
de enero. El aumento fue de $327.405 y el auxilio de transporte en $49.095.
Con
esta medida el Gobierno del presidente Petro dejó a un lado el incremento de la
inflación más el porcentaje de productividad, factores que definían, en
principio, el aumento del salario mínimo anual.
Los
argumentos oficiales expresados por el ministro del Trabajo Antonio Sanguino fueron
que la nueva fórmula del Salario Vital Familiar: permite más ingresos,
aumentos en el consumo, crecimiento en la producción y empleos de mayor
calidad. Con esto se cierran brechas que proporcionan un mayor nivel de vida a
los trabajadores y a sus familias (…) Así se contribuye a generar condiciones
de vida digna en un Estado de Derecho.
La
fijación del Salario Vital Familiar decretado por el Gobierno Nacional generó,
como era de esperarse, diversas reacciones en la sociedad y la Opinión Pública.
beneplácito y aprobación en los trabajadores y centrales obreras y rechazo en
los empresarios y sus gremios por considerar el impacto en el aumento de los
costos laborales, el empleo y la inflación. Rechazo que conllevo a instaurar
demandas de nulidad del decreto, en cuestión, ante el Consejo de Estado.
La
instauración del Salario Mínimo Vital es ya, de por sí, un hecho histórico, sin precedente, en
el país y obedece a las políticas y directrices del primer gobierno de
izquierda de vida republicana. Demos, pues, un compás de espera, un beneficio
de inventario a la medida. El tiempo y los respectivos efectos y análisis
ponderaran, en su justa medida, los pro y contra en la economía y las familias.
Falta ver si los sucesivos gobiernos, ya sea de derecha o de izquierda
continuaran con la política de incrementos del Salario Vital Familiar.
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