May 24, 2022

La familia como sujeto colectivo invitado Dr Julián Salas Rodas Mayo 16-2022.mp3 (Programa de Radio- Radio Bolivariana)


Programa radial: Pensemos en Familia



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La familia como sujeto colectivo de Derechos

Invitado

Dr. Luis Julián Salas Rodas 

Mayo 16-2022.mp3 

(Programa de Radio-Radio Bolivariana)



May 21, 2022

Llamado a las y los candidatos presidenciales y vicepresidenciales por el bienestar y desarrollo de las familias de Colombia

Llamado a las y los candidatos presidenciales y vicepresidenciales por el bienestar y desarrollo de las familias de Colombia

Las organizaciones, colectivos sociales y personas naturales abajo firmantes hacemos un llamado urgente a las y los candidatos a la Presidencia y la Vicepresidencia de la República para que se pronuncien respecto al reconocimiento de los derechos de las FAMILIAS colombianas y a la incorporación en sus planes de gobierno de políticas, acciones e indicadores que les garanticen cumplir sus funciones y tener una vida digna.

En la gestión pública relacionada con la FAMILIA en Colombia se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1.            La FAMILIA, independientemente de su forma de organización y composición, es considerada como entorno de reproducción, agencia de formación, socialización y cuidado de los seres humanos; entorno para el desarrollo de la personalidad, el cuerpo e inteligencia de las personas, en especial para los niños, niñas y adolescentes, y de la transmisión de valores y prácticas democráticas para la construcción de ciudadanía.

2.            La Constitución Política de 1991 reconoce a la FAMILIA como un sujeto político titular de derechos y de obligaciones y agente garante de los derechos de sus miembros. Es, por tanto, objeto de protección y fortalecimiento por parte del Estado. A este reconocimiento se ha sumado la jurisprudencia de las Altas Cortes del país (Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado) quienes han desarrollado y especificado, lo establecido en la Constitución Política.         

3.            A partir de la concepción constitucional de la FAMILIA como un sujeto colectivo de derechos, el Congreso Nacional expidió la Ley 1361 de 2009 de Protección Integral a la FAMILIA. En ella se establecen los principios en los que se debe basar su aplicación y se definen 19 derechos colectivos que el Estado y la sociedad deben garantizar para fortalecer el desarrollo integral de las FAMILIAS. La importancia de la Ley 1361 radica en que el Estado reconoce a la FAMILIA como unidad y colectivo, además de obligarse a garantizar, respetar y hacer posibles los Derechos Humanos de sus integrantes.

4.            La Ley 1361 de 2009 también ordenó al Estado, en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social, la expedición de la Política Pública Nacional de Apoyo y Fortalecimiento de las FAMILIAS, y a los entes territoriales –nación, departamentos, distritos y municipios– formular, aprobar, implementar y evaluar en sus jurisdicciones políticas de FAMILIAS, articulándolas con la Política Nacional en virtud del principio de coordinación.

La Política Pública Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las FAMILIAS (PPNAFF) fue expedida en 2016 y traza lineamientos y orientaciones para su implementación a los entes territoriales. Sin embargo, seis años después de expedida la Política Nacional y 13 años después de expedida la Ley 1361 de 2009, muy pocos entes territoriales y locales han formulado y hecho realidad sus propias políticas. Ha faltado, pues, voluntad, compromiso y responsabilidad política para cumplirla.

5.            La política social y la gestión social para las FAMILIAS en Colombia, concebida en el marco de los derechos, debe ofrecer una respuesta más integral y estratégica que la tendencia a la sectorización de la institucionalidad, tal como está actualmente. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), creado en 1968, que es la primera institución de origen nacional y el ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF), hace énfasis en la protección y atención a la Primera Infancia, mientras que el tema FAMILIA es secundario.

En cumplimiento de la normatividad que busca garantizar a las FAMILIAS una vida digna, reclamamos del próximo Gobierno Nacional, la elaboración y aprobación de un documento CONPES (Consejo Nacional de Política Económica y Social) que fije, obligue y asigne presupuesto oficial a las entidades públicas para la implementación de la Política Pública Nacional de Familia. De igual manera, solicitamos la creación de un programa de Prevención, Acompañamiento y Restitución de Derechos para las FAMILIAS, que de manera integrada, coordinada y articulada ofrezca soluciones eficaces y oportunas para que las FAMILIAS puedan gozar de los derechos establecidos: una vida libre de violencias, acceder a trabajo e ingresos justos, a educación, salud y seguridad social, a la alimentación y la recreación con igualdad de oportunidades, el respeto a la honra, la dignidad e intimidad, a la igualdad, la armonía y unidad, a recibir protección y asistencia social cuando sus derechos sean vulnerados o amenazados.

6.            Con relación al cuidado, el país ha avanzado en el reconocimiento y medición del aporte de los trabajos de cuidado en la vida de las FAMILIAS y en la economía del país (Ley 1413 de 2010). Sin embargo, es necesario consolidar la Política Pública del Cuidado, y el Sistema Nacional de Cuidados con el liderazgo del Departamento Nacional de Planeación (DNP), para garantizar que las personas que realizan labores de cuidado, sea de forma remunerada o no remunerada, las que requieren cuidado y las FAMILIAS, tengan una vida digna y se les reconozcan sus derechos.  

7.            Lo que en verdad requieren las FAMILIAS del Estado, y del próximo gobierno, son apoyos efectivos, oportunidades reales, acompañamientos cercanos y recursos económicos y materiales suficientes que permitan a las FAMILIAS, a partir de sus capacidades y potencialidades, el tratamiento adecuado de sus problemas y la realización de sus funciones, aspiraciones y proyectos. Las FAMILIAS no pueden verse como objeto de asistencialismo ni de dádivas bondadosas, sino como sujetos colectivos de derechos y garantes de los derechos de sus integrantes. 

Lograr una vida digna para las FAMILIAS es un asunto de garantía real de los Derechos.

Firmantes:

ORGANIZACIONES

1. Fundación Bien Humano.

2. Colegio Interdisciplinario de Familia, Infancia, Juventud y Vejez.

3. Federación Antioqueña de ONG

4. Fundación Hablemos de Trabajo Doméstico

5. Fundación Caballeros de Colombia

6. Cerfami

7. CORPOPLANEA

8. Doctorado en Estudios de familia

9. Red de Programas Universitarios en Familia

10. Corporación sueños de familia Integral. "CORSUFAIN"

11. Corporación de Amor al Niño Cariño

12. Estudios de Familias, Masculinidades y Feminidades. Grupo de investigación / Programa de Trabajo Social, Universidad de Cartagena.

13. Fundación Diego Echavarría Misas

14. Colectivo Familia y Democracia

15. Unión de Trabajadoras del Servicio Doméstico –Utrasd-

 

CIUDADANOS INDEPENDIENTES

1. Blanca Inés Jiménez Z.

2. Sergio Bernal Uribe

3. Luis Julián Salas Rodas

4. Jairo Estrada Muñoz

5. Oscar Fernando Acevedo Arango

6. Carmen Posada

7. Sol Beatriz Hoyos Pérez

8. Fernando Restrepo Restrepo

9. Sandra Durán

10. Angela Mejía

11. Juan Guillermo Jaramillo Correa

12. María Eulalia Córdoba O

13. Piedad Estrada A.

14. Catalina María Velilla Rojas

15. María Vilma Restrepo

15. Luz Marina López

17. Yomaira García Acuña

18. Mónica Sandoval

19. Alexandra María Carmona Tamayo

20. Daniela López Escobar

21. Juan Fernando Arenas Quiroz

22. Natalia Grisales Agudelo

23. Luz Andrea Moreno Zapata

24. María del Tránsito Giraldo Usme

25. Olga Lucía López J.

26. Juan Eugenio Cardona Castrillón

27. Margarita Fernández Gómez

28. Margarita Correa

29. Juan Felipe Velásquez

30. Patricia Gaviria

31. Cristina Córdoba Ochoa

32. Luis Bernardo Vélez Montoya

33. Ana María Sánchez

34. Lina Marcela Estrada

35. Javier Galeano

36. María Cristina Palacio

37. Rubén Cano G

38. Germán Darío Herrera Saray

39. Johana Zapata Posada

49. Wilson Rico

41. Bárbara Zapata C

42. Daniel Gómez Díaz

43. Juanita montes

44. Caren Dayana Quintero Circa

45. María Cecilia Munera López

46. Gloria Inés Sánchez Vinasco

47. Luis Carlos Muñoz Franco

48. Liliana Zuluaga Aristizábal

49. Jazmín Lorena Suárez Ortiz

50. Juan Fernando Vélez Granada

51. Vanessa Escobar

52. Otto Guggenberger

53. Yolanda Puyana

54. Marco Aurelio Restrepo Ruiz

55. Juan Manuel Valdés

56. María Eugenia Agudelo Arango

57. Martha Cecilia Arroyave Gómez

58. Ledy Maryory Bedoya

59. Elda Tobón Londoño

60. Vania Suldey González Araque

61. Yuly Pahuline Sáenz Herrera

62. Alba Lucía Serna Ángel

63. Francisco Correa Molina

64. José Fernando Franco Zapata

65. Juan Pablo Serna Trejos

66. Yolima Amado Sánchez

67. Juan Carlos Tabares C.

68. María Victoria Álvarez Vélez

68. Ligia Galvis Ortiz

69. Verónica María Suárez Álvarez

70. Enith González Valencia

71. Ovidio Herrera Rivera

72. Edwin González Muñoz

73. María Estella Herrera

74. Humberto Sáenz Garzón

75. Mauricio Rúa Zapata

76. Nubia Tabares Castaño

77. Nancy de Jesús Marín Vélez

78. Juan Guillermo Jaramillo c.

79. Juan Carlos Álvarez

80. Patricia Espinosa Garcés

81. Roberto Ojalvo

82. Lina María Jiménez

83. Mónica María Álvarez Gallego

84. Claudia Gelvez Velásquez

85. Diana Ocampo

86. Liliana Cifuentes Urrego

87. Vilma Mesa Saldarriaga

88. Leidy Gizell Celis Muñoz

89. Luz Miryam Ramírez Villegas

90. Clara Restrepo

91. Ricardo Gómez

92. Sol Villegas Serna

93. Gloria Patricia Ortiz Ortiz

94. Liliana María García Duran

95. Rafael Ignacio Suescún Suárez

96. Antonio Puerta Zapata.

97. José Silverio Espinal Bedoya

98. Mercedes Rodríguez López

99. Nila Aracelis Ortega Carrascal

100. Guillermo Gutiérrez Gómez

101. Yamila Madrid Salas

102. Mercedes Rodríguez López

103. Gloria Mercedes Gómez

104. Mauricio Cadavid Restrepo

105. Isabel Cristina Bernal Vélez

106. Patricia Martínez Cifuentes

107. Clara Inés García

108. Antonio Puerta Zapata