DEL INDIVIDUO A LA
PERSONA: EL RESULTADO DE LA FORMACIÓN, LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA
Luis Julián Salas Rodas
Sociólogo
Especialista y Magíster en Ciencias
Sociales
Magíster en Ciencias de la Educación
Familiayotros.blogspot.com
Twitter: @LuisJuliánSalasR
Medellín – Colombia
Individuo:
cada ser organizado, sea animal o vegetal respecto a la especie que pertenece.
Persona: individuo de la especie humana.
Diccionario de la lengua española. Vigésima segunda edición.
El desarrollo de las ciencias ha hecho posible conocer y entender cómo
surgió el universo y el origen de la vida en el planeta tierra. Hubo de
transcurrir millones y millones de años para que surgiera la vida y
evolucionará tal como la conocemos hoy. Y
es la taxonomía la ciencia que se ocupa de clasificar, desde la biología, las
especies animales y vegetales en grupos que comparten unas características
comunes. Nuestro origen biológico desciende de la especie de los primates
homínidos, desde hace solo 4.000.000 de años, de los cuatro mil quinientos
millones de años que se estima tiene de existencia la Tierra... Homo Sapiens, hombre sabio, es la
denominación taxonómica de la especie humana, que también, recordemos,
pertenece a la clase de los mamíferos. (https://definición.de/homo-sapiens/.
La historia de los seres humanos es la historia del proceso que va de la
evolución biológica del individuo al de persona que vive en sociedad, vida para
la cual es fundamental la influencia de instituciones de formación, educación y
cultura. Si aceptamos la definición del diccionario de la lengua española,
arriba citado, el concepto de persona, incorpora, subsume el concepto de
individuo. En el lenguaje popular de la vida cotidiana se suele emplear como
sinónimos pero realmente no lo son.
La existencia de
individuos solitarios, aislados sin contactos y relaciones, de ningún
tipo, con otros individuos no es posible. Podría decirse que la
existencia como individuo biológico es un prerrequisito para la existencia de
la persona humana. El cuerpo como el conjunto funcional de órganos, tejidos,
huesos, cartílagos, músculos y fluidos
es el soporte material del individuo de cualquier especie animal. Un cuerpo que
se desarrolla, envejece, se enferma, que tiene capacidad reproductiva pero que final e inexorablemente fallece. El cuerpo
como materia, objeto de estudio e intervención de la biología y la medicina. No sucede lo mismo en el campo de las ciencias
sociales y humanas. Veamos:
La psicología se ocupa de las percepciones, emociones,
sentimientos, procesos mentales y comportamiento de las personas de acuerdo al
curso de la vida y su entorno físico y social. Infancia, adolescencia,
juventud, adultez, madurez y vejez son los períodos de la vida que configuran
determinadas características de acuerdo a la edad en que cada persona se
encuentre, según la psicología evolutiva. La personalidad, como constructo
teórico de la psicología, es entendida como las características y cualidades propias que distinguen un modo
particular de pensar y actuar de una
persona. La personalidad es el resultado de un proceso dinámico y permanente
que se desarrolla en todo el curso vital de una persona. Temperamento y carácter son atributos de la
personalidad. Temperamento en cuanto a una predisposición de respuesta heredada
y carácter en cuanto obrar de la formación, la educación y la cultura.
La antropología, por su parte, estudia al ser humano de una
forma integral en su dimensión biológica, social y cultural, tanto en las
llamadas sociedades ancestrales como en las contemporáneas.
La sociología, en cambio, se dedica al análisis de las
estructuras, funciones, vínculos y relaciones, formales e informales, que crean
las personas mediante el establecimiento de vínculos y relaciones que generan
fenómenos colectivos y sociales en un determinado lugar y tiempo. Tanto la
etnografía como la etnología se consideran disciplinas cercanas tanto a la
antropología como a la sociología.
El Derecho regula bajo normas, leyes e instituciones
políticas y policivas, la conducta humana en sociedad para garantizar el orden
y resolver de forma pacífica los conflictos. Los Códigos son los compendios de
las normas jurídicas que atañen a determinado asunto jurídico. Dos conceptos son esenciales en el Derecho: el
de Persona Natural y el de Persona Jurídica. El primero es el reconocimiento
del ciudadano(a) ante la ley y el Estado y el segundo corresponde a las
responsabilidades y obligaciones de los asuntos mercantiles y de negocios de
las organizaciones empresariales.
Los Derechos Humanos, declarados por las Organización de las
Naciones Unidas ONU en 1948, corresponden a todas aquellas libertades,
oportunidades, capacidades, facultades e instituciones que hacen posible la
realización del principio de la Dignidad Humana independiente de condiciones de
raza, sexo, género, idioma, nacionalidad, religión, opinión política o posición económica. Los Derechos Humanos
tanto individuales como colectivos se reconocen, garantizan y restituyen a las
personas no a los individuos. El registro civil de nacimiento es el acto
notarial que hace efectivo el derecho de toda persona a tener un nombre y una
nacionalidad. El registro civil acredita que ese bebe hace parte de un Estado-Nación
determinado que lo reconoce como ciudadano y como sujeto titular de derecho
puede exigir protección legal de ese Estado-nación. Las guerras, los conflictos
internos y la exclusión social y económica
tienen como efecto negativo de convertir ciudadanos(as) en apátridas,
refugiados o indocumentados. Sin el estatus jurídico de pertenencia a una
nacionalidad un ser humano se haya vulnerable y desprotegido y sin posibilidades
de desarrollar sus capacidades y sin oportunidades de disfrutar de una vida con
dignidad y bienestar. La dignidad es el principio fundante de los Derechos
Humanos; entendiendo por dignidad el merecimiento propio y ajeno que todo ser
humano tiene por el hecho de nacer, merecimiento que implica un respeto y
valoración positiva de sus características y condiciones. La historia de la
civilización de las sociedades y los sistemas políticos da cuenta de los
avances y retrocesos de la garantía de la dignidad humana. Las guerras, los
conflictos internos, los campos de concentración y de exterminio, los éxodos
forzados, las cárceles aniquiladoras han mostrado que tanto puede reducirse la
condición de persona digna a la de un individuo despojado de todo derecho. Y es
ahí en estos sitios construidos para degradar la condición humana que surgen
seres que se resisten a ser reducidos en su dignidad y se vuelven resilientes
logrando superar las adversidades, las vejaciones, las torturas para salir
fortalecidos. Sobrevivientes del Holocausto de judío del régimen nazi como los
escritores Primo Levi y el premio Nobel Imre Kertész dieron testimonio de ello
en sus libros: Si esto es un hombre, los hundidos y los salvado, del primero y Sin
destino, del segundo.
Sin dignas condiciones
materiales de existencia, sin un Estado que proteja, garantice y restituya
derechos no es posible el estatus de persona de los individuos de la especie
humana, pero no es suficiente, es menester que las personas sean formadas,
educadas e incluidas en una cultura.
La familia es el grupo fundamental de la especie humana por
cuanto es ella la que proporciona o no los vínculos afectivos, la confianza
básica, la protección, los cuidados físicos, los hábitos de orden y aseo
personal, identidad, la socialización primaria. La familia, independiente de su
estructura, organización o composición es la primera agencia de formación de los
seres humanos por cuanto que es en ella, en sus vivencias, oportunidades y relaciones donde se establecen las bases del
desarrollo de la personalidad, la inteligencia, el cuerpo y las habilidades
sociales. Sus carencias o disfuncionalidad genera efectos y situaciones de vulnerabilidad en el
curso posterior de vida de la personas.
Al estar las familias conformadas por personas y ser estas
titulares de derechos, cada familia es a la vez garante de los derechos de cada uno de sus
integrantes, derechos que son reconocidos por tanto por la Constitución
Política, por la legislación y la jurisprudencia. En Colombia la Ley 1361 de
2009, de Protección Integral a la Familia, le reconoció a ella 19 derechos, de
ahí que pueda afirmarse que en nuestro país el orden jurídico ya estableció que
la familia es un Sujeto Activo y
Colectivo de Derechos y Obligaciones. Es la unidad persona-familia la que posibilita la
articulación de los derechos de los integrantes con los derechos colectivos de
la familia.
La educación inicial,
en centros de desarrollo de la primera infancia, y luego la escolarización
obligatoria complementan, sin sustituir, la acción de la familia. El sistema
educativo, en cualquier sociedad, tiene la función de brindar conocimientos,
experiencias y posibilidades de desarrollo intelectual y capacidades que
preparen a los jóvenes para su futura vida profesional y laboral.
La vida en sociedad implica la inserción de las personas en
la cultura y sus distintas expresiones de estilos, modos, significados,
símbolos, creencias y sentidos de vivir la vida que internalizan las personas y
sirven de guía a su conducta, actitudes, tradiciones y costumbres. Es en el cruce, en la trama de vínculos y relaciones
entre los procesos de formación, educación y cultura que los individuos se
vuelven personas pudiendo desarrollar todo su potencial humano si la familia, la comunidad, y las instituciones
de la sociedad y el Estado ofrecen, desde un enfoque de derechos y capacidades,
un apoyo el acompañamiento permanente a
ellas.
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