LA LEY DE FAMILIA Y SU RELACIÓN CON LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL PARA LAS FAMILIAS COLOMBIANAS
Luis Julián Salas Rodas
Sociólogo
Especialista y Magister en Ciencias Sociales
Magister en Ciencias de la Educación
Especialista y Magister en Ciencias Sociales
Magister en Ciencias de la Educación
Director Ejecutivo de la Fundación Bien Humano
www.bienhumano.org
En diciembre del 2009 el Congreso de Colombia expidió la Ley 1361 de Protección Integral a la Familia. Esta Ley abrió el camino para incluir el tema de Familia en la agenda de las políticas públicas y en el debate de la Opinión Pública. La Ley 1361 establece los derechos y deberes que le corresponden garantizar al Estado y la sociedad. Fijó el 15 de mayo de cada año como el Día Nacional de la Familia. Ordenó la creación del Observatorio de política de la Familia a cargo del Departamento Nacional de Planeación y observatorios regionales dependientes de los entes territoriales. Ordenó, también, al Ministerio de la Salud y la Protección Social a elaborar una Política Nacional de apoyo y fortalecimiento de acuerdo con los principios, objetivos y líneas de intervención establecidas en la Ley. En cumplimiento de tal orden, en el mes de mayo del presente año, la doctora Ligia Galvis Ortiz, como coordinadora, presentó el documento de la Política Pública Nacional para las Familias Colombianas 2012 – 2022; fruto del trabajo de la Mesa Técnica de Familia y de distintos foros y encuentros territoriales. Como tareas pendientes está la aprobación de la Política, su socialización a la Opinión Pública y la correspondiente realización del documento CONPES de Familia y su Plan de Acción.
¡Por fin! se comienza a ver y tratar a la familia en la importancia que se merece ya que: No se la menciona en el Código Civil, ni hay aun un Código de Familia, el Departamento Nacional de Estadística DANE habla únicamente de hogares y nunca de familias, los presupuestos públicos y privados para programas de educación, promoción y prevención familiar son irrisorios y solo hasta hace dos años el Instituto Colombiano de Bienestar familiar ICBF creó la Subdirección de Familia en su estructura orgánica…
Para las personas y organizaciones que creemos en la diversidad y pluralidad de las familias como sujetos políticos y agencia de formación del ser humano los anteriores avances jurídicos son un logro extraordinario. Sabemos que la Ley no resuelve todos los problemas de las personas, familias y comunidades pero sin la Ley no es posible afrontar y ser parte de la solución de los mismos. Nos complace saber y anunciar que el municipio de Medellín junto con Bogotá y Cali hacen parte de las tres primeras ciudades capitales del país en tener aprobado por los respectivos Concejos de acuerdos locales de Política Pública de Familia. El acuerdo 365 de 2012 es la expresión concreta de concurrencia de voluntad política y compromiso de la sociedad civil medellinense con las familias. Celebramos, también, que en la nueva reforma administrativa el municipio de Medellín haya creado la Secretaría de Inclusión Social y la Familia como estructura administrativa para hacer realidad los alcances y la finalidad de la Ley y la Política. Esperamos que la Gobernación de Antioquia también acoja la Ley 1361 y formule con la participación de la ciudadanía de los municipios y las subregiones la Política Pública de Familia para el departamento y que pueda luego asesorar y acompañar a los municipios en sus políticas públicas locales de familias.
El marco de la Política Pública Nacional Para las familias Colombianas es la carta universal de los Derechos Humanos de la ONU de 1948 y las convenciones internacionales posteriores de los derechos civiles, políticos, sociales y culturales, todos firmados y aprobados por el congreso de la república los cuales hacen parte de nuestra normatividad jurídica. Lo que propone la Ley de Familia y la Política Pública Nacional para las Familias es ir más allá de la garantía individual de los derechos de las personas y se reconozca a la familia como sujeto colectivo de derechos. Este reconocimiento legal haría posible la verdadera aplicación del principio de corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad y la familia en la realización de los proyectos de vida de la infancia, la juventud, los adultos hombres, las mujeres, las personas con habilidades diversas y a los adultos mayores que constituyen la esencia y razón de ser de las familias. La realidad social y cotidiana nos ha mostrado que es insuficiente el reconocimiento y garantía de solo los derechos individuales.
Las familias colombianas tienen que repensar sus relaciones internas y externas; internas con respecto a las relaciones conyugales, materno-paterno-filiales, la comunicación intrafamiliar, los aspectos económicos y los principios, normas y valores; externas, con respecto a la sociedad, al sistema de seguridad social en salud, con el orden económico, con el sistema educativo, con los medios de comunicación y muy especialmente con el Estado. Dice el documento de la Política Pública al respecto:
“La relación familia -Estado es asistencialista, las familias son pasivas y simplemente receptoras de los servicios del Estado…. Relaciones con la sociedad: Las familias tienen la tendencia a trasladar el cuidado de sus dependientes a organizaciones de la sociedad civil”.
El objetivo principal de la Política Pública Nacional para las Familias Colombianas es el de:
“Proporcionar a las familias colombianas los recursos afectivos, económicos, culturales, jurídicos, democráticos y las fortalezas como sujeto colectivo de derechos para orientar el desarrollo integral propio y el de sus integrantes individualmente considerados, para que sean reconocidas en su diversidad estructural, étnica y cultural y como agente interlocutor con su entorno político, económico y cultural”.
Si nuestra Constitución Política afirma que Colombia es un Estado Social De Derecho, fundado en la dignidad humana; si en ella se reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad; si también reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación, la Política Pública Nacional para las Familias obra en consecuencia de la Constitución incluyendo en su alcance toda la diversidad de las tipologías familiares del país. La Corte Constitucional se ha expresado, en múltiples sentencias, a este respecto. El orden jurídico debe corresponder a la realidad social y cultural del país. La familia nuclear, conformada por el papá-mamá e hijos, ha dejado de ser, desde hace mucho tiempo, la forma de familia hegemónica, privilegiada y mayoritaria de la población colombiana. Otras formas de familia han emergido y reclaman atención del Estado. Nos referimos a la familia como un objeto de conocimiento pero hablamos de familias como un reconocimiento a la diversidad y la pluralidad en sus formas de composición y convivencia.
El Estado y la sociedad deben acompañar, apoyar y orientar a las familias para que ellas puedan asumir las responsabilidades directas e indelegables que tienen en los procesos de socialización, formación y crianza de sus hijos. La garantía del cumplimiento de los derechos de las familias tiene que ir aparejada de una exigencia de contraprestación de compromisos y deberes con los grupos poblacionales, de género y generación que la integran. Solo así las familias dejaran de ser objeto de la intervención de programas asistencialistas, tanto públicos como privados, y empezaran a valorarse y ser reconocidas como actores sociales y sujetos políticos y democráticos. Las familias tampoco pueden seguir siendo tratadas en los medios de comunicación como la generadora de todos los males de la sociedad, ni reducirlas al papel de procreadoras para entrega de subsidios de sobrevivencia por parte del Estado.
Son los padres y madres, o quien haga sus veces, y no el Estado, la sociedad, las cuidadoras, las ONG y los “expertos”, las personas más importantes y decisivas en las etapas iniciales del ciclo vital humano de niños, niñas y adolescentes. Su presencia y permanencia son decisivas en el desarrollo de su personalidad. Las funciones y responsabilidades que las familias no quieran o no puedan asumir frente a sus hijos e hijas le toca al Estado y la sociedad afrontarlas de forma extemporánea y con grandes costos económicos y sufrimientos humanos.
La infancia es hoy el grupo poblacional que más atención y recursos recibe del Estado. La política pública de Cero a Siempre del Ministerio de Educación nacional así lo confirma. Estamos de acuerdo con los beneficios de esta política pero seguimos considerando que son las familias y no las instituciones el primer ambiente educador de niños y niñas.
Los invitamos a conocer más de la Ley 1361 de Protección Integral a la Familia, de la Política Pública para las Familias Colombianas y de la Política Pública para la Familia de Medellín en la página web de inicio de la Fundación Bienestar Humano: www.bienhumano.org
En palabras de la doctora Ligia Galvis Ortiz la familia colombiana debe dejar de ser una “prioridad olvidada” para ser una” prioridad de primer orden”. ¡En buena hora!
No comments:
Post a Comment