Sobre la Dignidad Humana, la Vida Digna y el Buen Trato
Luis Julián Salas Rodas
Sociólogo
Universidad Pontificia Bolivariana
Especialista y Magíster en Ciencias Sociales
Universidad de Antioquia
Magíster en Ciencias de la Educación; Opción Desarrollo
Social
Universidad Paris XII
Luijus34@gmail.com
@LuisJulianSalas
Blogs en Google: Familia y otros; Juntas Directivas
ONG; ONG y Gerencia Social
Medellín – Colombia
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Con
motivo de la deportación de inmigrantes en situación irregular de colombianos/as
de USA, el presidente Gustavo Petro recurrió al argumento del trato indigno e
inhumano de transportarlos por avión hacia Colombia esposados y encadenados.
¿Qué
significa el concepto de la Dignidad Humana? La dignidad es el merecimiento, la
valía, el mérito propio y ajeno que es inherente a todo ser humano por el solo
hecho de nacer, independiente de cualquier condición de nacionalidad, raza,
etnia, religión, sexo, género, grupo o colectivo social.
La
dignidad es, pues, un valor, un principio ético, consustancial a la Condición
Humana. Debemos al cristianismo su aporte y significado al concepto de la
Dignidad Humana a partir de la denuncia y oposición al esclavismo y en el
reconocimiento y consideración del esclavo/a no como una propiedad sino como un
sujeto, una persona sintiente y semejante a los no esclavos.
La
Dignidad Humana no aumenta ni disminuye con la edad, ni es aceptable su
renuncia voluntaria a ella. La Dignidad Human no tiene precio y por lo tanto no es un bien intercambiable. La Dignidad
Humana esta asociada a otro valor humano: el respeto, que posibilita
reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades del prójimo y sus
derechos. (Wikipedia). El respeto
también es hacia uno mismo, no solo hacia los demás.
El
respeto a la Dignidad Humana es el principio fundante de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, dada en la ciudad de
París en 1948. No son una ideología o propiedad de los partidos políticos. Los
Derechos Humanos son y seguirán siendo un gran avance, un gran logro en el
proceso histórico de la civilización humana. Es obligación de los Estados
garantizarlos y restituirlos a las personas cuando éstos hayan sido violados o
ignorados. En muchos países con regímenes autoritarios o poco garantes de los
Derechos Humanos los defensores y lideres sociales son perseguidos y asesinados
por exigirlos para su grupo o colectivo al que pertenecen.
Las
humillaciones, insultos, estigmatizaciones, las narrativas y discursos de odio, el racismo, la xenofobia, el sexismo, la misoginia, el machismo, la servidumbre, el acoso sexual, laboral y escolar, las torturas, las
detenciones arbitrarias e ilegales, el acoso, la trata
de personas, la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, las desapariciones, los secuestros, el desplazamiento forzado los confinamientos, los ataque
a la población civil en las guerras y los conflictos armados internos y la
censura, constituyen actos que atentan, en forma grave, la Dignidad Humana.
También se infringe contra ella cuando se presentan y persisten malas
relaciones y vínculos personales, familiares, laborales y sociales donde priman
la violencia física y verbal y el mal trato. Hechos y situaciones que dejan
marcas profundas y negativas en nel desarrollo de la personalidad y el estado
emocional y mental.
Las
prisiones sobrepobladas, en promiscuidad y hacinamiento, los campos de
refugiados y desplazados son sitios donde se hace precario condiciones de vida
digna. Y ni que decir de los campos de concentración y exterminio como lo
sucedido en la Segunda Guerra Mundial.
El Buen Trato entre las personas se da cuando no solo hay respeto, sino genuina
consideración, cordialidad, aprecio, valoración y empatía mutua. Cuando se reconocen las cualidades y
méritos personales del prójimo. Cuando se practica la escucha atenta y activa
en las conversaciones. Cuando se da un da un trato amable, igualitario y no
discriminatorio a las personas con las cuales Cuando nos relacionamos y tenemos
buenas relaciones tanto con familiares como con personas cercanas. El buen
trato acerca a las personas. El mal trato aleja, distancia a las personas. El buen trato, pues, hace parte fundamental
de la Dignidad Humana.
Cuando
se atenta, de una u otra forma, con la Dignidad Humana es necesario,
imprescindible, denunciarlo ante la Opinión Pública, las organizaciones civiles
de los Derechos Humanos y a las autoridades competentes para que estas obren en
su defensa y restablecimiento.
La
polisemia es aquel atributo del lenguaje que posibilita que una palabra no
tenga uno sino varios significados. Suele
ser motivo de equívocos y confusiones. De ahí que el contexto en que se
escriben y pronuncian las palabras es muy importante para determinar su significado,
precisión y alcance.
El
migrar de un país a otro está reconocido como un derecho humano es humano
universal en cuanto a la libertad de circulación- Es un derecho sometido a
regulaciones nacionales. El inmigrante es
una persona que puede tener un estatus legal o irregular en el país de destino.
Irregular en cuanto no ha formalizado legalmente su condición. Si, es un
infractor indocumentado, pero no es un delincuente y mucho menos un criminal. Según
el derecho penal delincuente es todo aquel que roba pertenencias ajenas;
mientras que criminal es todo aquel que de manera intencional hiere o asesina a
otra persona. Muy discutible el criterio de las leyes de inmigración y de las
autoridades estadounidenses que consideran que el migrante irregular como un
criminal y por tanto lo tratan como tal. Las esposas y las cadenas en manos y tobillos son una medida temporal de seguridad que permite a las fuerzas del orden
tener bajo control en una detención a delincuentes y criminales. De acuerdo a
informaciones de Migración Colombia, ninguno de los compatriotas deportados
cometió delitos o asesinatos durante su permanencia en USA. Los compatriotas
deportados son personas, que, por uno u otro motivo, migraron para tratar de
conseguir una mejor vida para ellos y sus familias. En consecuencia, al no ser delincuentes ni
criminales no se merecían el trato indigno de las autoridades de migración
estadounidenses de esposarlos y encadenarlos en el vuelo hacia Colombia. El
hecho que en anteriores deportaciones no se haya denunciado la inconformidad a
tal condición y que solo se hiciese en respuesta a las políticas y medidas
represivas del gobierno del presidente Trump no desvía, ni invalida el debate
acerca del trato indigno a los compatriotas deportados.
Sin
la garantía del Derecho a la Vida no es posible el despliegue y la realidad de
otros Derechos Humanos. Derecho a la Vida sí, pero no a cualquier forma de
vida. La vida que todos los seres humanos nos merecemos tener y disfrutar, en
este planeta Tierra, es una Vida Digna. Una vida sumida en el sufrimiento, la
injusticia, la pobreza, la miseria, el desplazamiento, el confinamiento y la
violencia no es, de ninguna manera, una Vida Digna. Todo lo contrario, es una
vida “vivida” en condiciones extremas de indignidad, de carencias, de
segregación, de marginamiento, de falta de oportunidades y de exclusión social,
política y económica.
No
basta para garantizar el Derecho a una Vida Digna disponer de los principios,
normas y leyes constitucionales de un Estado Social de Derecho. Es una
condición necesaria pero no suficiente. Se requiere, además, de la unión, la
perseverancia, las alianzas, propósitos comunes, voluntad y responsabilidad
política y unas adecuadas Políticas Públicas y Sociales entre el Estado y la
sociedad civil para ir alcanzando y consolidando, de manera gradual, firme y
sin pausa, para posibilitar y mantener una verdadera Vida Digna para todos y
todas sin distinción de ninguna clase o concepto.
Escribía
nuestro Nobel de Literatura Gabriel García Márquez, en uno de sus cuentos,
sobre la importancia de la Dignidad Humana: “la dignidad no se come, pero si
alimenta”.
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